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AMLO decreta la creación de la Comisión que aplicará la Ley de Amnistía

Para que la Ley de Amnistía pueda entrar en efecto, el presidente Andrés Manuel López Obrador hizo oficial la creación de la comisión que estará encargada de evaluar los casos en que se considere que las circunstancias de una persona detenida califiquen para que su sentencia sea suspendida de manera definitiva.

Este jueves, el mandatario publicó el acuerdo que establece la creación de la Comisión de Amnistía en el Diario Oficial de la Federación (DOF). De acuerdo con dicha legislación, impresa de manera oficial el pasado 22 de abril, el artículo 3 establece la creación de un comité que vigilará y dará cumplimiento a la iniciativa.

Según el segundo punto de este acuerdo, la Comisión estará integrada por los titulares de cinco dependencias federales: las secretarías de Gobernación, Seguridad y Protección Ciudadana y Bienestar; así como por dos institutos, de la Mujer y de los Pueblos Indígenas; y será encabezada por la Segob.

Además, cada secretario y director que forme parte de este órgano tendrá derecho a designar a un subordinado para fungir como suplente. Los cinco organismos tendrán derecho a voto y el cargo tendrá carácter de honorífico, por lo que no existirá ningún tipo de remuneración adicional para los miembros.

El artículo 3 establece que la Comisión podrá sesionar cuando se presente la mayoría de los integrantes y las resoluciones se aprobarán a través del voto por mayoría simple; mientras que el cuarto abre la posibilidad a que se invite a otras dependencias gubernamentales a la sesión, si se considera que su participación puede contribuir, aunque no tendrán la opción de votar.

La Ley de Amnistía, una de las iniciativas más polémicas de López Obrador, contempla que se revisen los casos de las personas que se encuentren encarceladas por los siguientes motivos: aborto, robo simple sin violencia (primera vez), presos políticos y posesión y transporte de narcóticos en situación de vulnerabilidad.

Contrario a lo que afirman los opositores a esta legislación, aquellas personas que tengan más de una sentencia o hayan incurrido en delitos contra la libertad (secuestro) o contra la integridad y la vida o que hayan recurrido al uso de armas de fuego automáticamente quedarán descartados.

Con información de Infobae.

Imagen: ESPECIAL

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