Con 433 votos a favor, 9 en contra y una abstención, los diputados aprobaron la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos, la cual haría que ningún político gane más que el Presidente de México, incluyendo los exmandatarios.
El proyecto considera asimismo una adición al Código Penal Federal para tipificar el delito de remuneración ilícita a los servidores públicos y sancionarlo hasta con 14 años de cárcel y multa equivalente a 3 mil días de salario mínimo.
Las bancadas del PRI, PAN, MC, PRD y PVEM votaron a favor en lo general, pero reservaron en conjunto para su discusión en los particular la totalidad de los artículos, por considerar necesario rectificar inconsistencias, anacronismos y hasta vicios de inconstitucionalidad en la minuta, tras siete años en la “congeladora” legislativa.
⚡️ La @Mx_Diputados, aprobó la minuta que expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, la cual haría que ningún funcionario gane más que el Presidente de la República. Falta por discutir las reservas.https://t.co/bd60dPnUsy
— Twitter Moments en Español (@MomentsES) September 13, 2018
Además, en la iniciativa de la Ley de Austeridad Republicana se define que quedarán prohibidas las pensiones de retiro a los jefes del Ejecutivo federal, y sólo tendrán acceso a las que determine el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
El ex presidente dijo que la prestación otorgada a los ex mandatarios no es un caso de abuso de poder
Se busca no crear plazas adicionales a las autorizadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación ni se aumentarán sus dotaciones y la contratación de servicios personales por honorarios, sólo procederá en casos excepcionales y plenamente justificados.
Se aprueba en lo general la Ley Federal de remuneraciones de los servidores públicos. ¡Adiós a las pensiones de los ex presidentes! Nadie ganará más que el Presidente. #LXIVLegislatura pic.twitter.com/jJfqa0E5R5
— Mario Delgado (@mario_delgado) September 13, 2018
Señala que los vehículos sólo podrán destinarse a actividades prioritarias y a la prestación de servicios directos a la población.
En cuanto a viajes oficiales, sólo se autorizarán, por ente público, dependencia, órgano desconcentrado o entidad, los que resulten estrictamente necesarios y “queda prohibida la adquisición de boletos de viajes en servicio de primera clase o equivalente, así como la contratación de servicios privados de aerotransporte”.