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Denuncian a fiscalía que permitió a OHL lucrar con autopista Amozoc-Perote

El abogado Paulo Díez informó a través de redes sociales presentó una nueva denuncia contra los funcionarios de la entonces Procuraduría General de la Republica (PGR) por decretar el ‘no ejercicio de la acción penal’ contra el finado extitular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Gerardo Ruiz Esparza, y el presidente del Consejo de Administración de OHL, actualmente denominada Aleatica, Juan Lis Osuna Gómez.

La omisión de los funcionarios de aquella fiscalía, aseguró, constituye un hecho con apariencia de delito que la Fiscalía General de la Republica (FGR) de Alejandro Gertz Manero debe investigar.

En la denuncia, Paulo Díez explicó que en 2003 la SCT de Ruiz Esparza permitió una ‘segunda modificación del titulo de concesión’ que permitió a Aleatica construir, operar, explotar, conservar y mantener la autopista federal Amozoc-Perote en los estados de Puebla, Tlaxcala y Veracruz.

“Y es que, en efecto, el acuerdo de no ejercicio de la acción penal fue emitido a partir de hechos falsos, deliberadamente alterados por los agentes del Ministerio Público de la Federación, Fabiola Herenia Huerta Bautista y Antonio Miguel Gascón Maqueo, para proteger y beneficiar indebidamente a los integrantes de esa sofisticada red de corrupción colusoria público-privada en la que participan, entre otros, Enrique Peña Nieto, Lusi Videgaray Caso, Gerardo Ruiz Esparza, Emilio Lozoya Austin, Eruviel Ávila Villegas, Aleatica (antes OHL) e IFM Investors”.

De acuerdo con el litigante, las razones en las que la agente del Ministerio Público trató de sustentar su conducta son realmente ofensivas.

Algunas de esas falsas razones incluyen las siguientes:

  • Que ‘no existió prórroga de la concesión sino reprogramación de fechas’, es decir, que según esta señora y sus superiores jerárquicos, el plazo de vigencia de la concesión no se amplió 30 años (en relación con la vía concesionada) y 20 años (en relación con el libramiento de Perote), sino que solamente se reprogramó la fecha de terminación de la concesión para 30 años después (en relación con la vía concesionada) y 20 años después (en relación con el libramiento de Perote)
  • Que la vigencia del Titulo de Concesión no se modificó para restituir equilibrio económico de la Concesión a las condiciones originalmente previstas, derivado del desfasamiento de la fecha de inicio de la operación y del capital de riesgo adicional aportado
  • Que la modificación de 2016 a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal no es aplicable a la Segunda Modificación, pues el artículo segundo transitorio del decreto de reforma establece que las concesiones otorgadas con anterioridad se sujetarán a las disposiciones vigentes en el momento de su otorgamiento (lo anterior a pesar de que el segundo párrafo de la Condición Cuadragésima Sexta del Titulo de Concesión establece precisamente lo contrario)
  • Que no señalé en mi denuncia la fecha de la segunda modificación
  • Que en las auditorías realizadas en relación con la concesión no se detectaron irregularidades (a pesar de que la Auditoria Superior de la Federación señaló en una de sus auditorías que GANA/Aleatica cobraba cuotas de peaje más altas que las que tenía derecho a cobrar)

“Lamentablemente, el encubrimiento y la protección para los integrantes de la red de corrupción liderada por Enrique Peña Nieto no es cosa del pasado, sino que algunos servidores públicos de la FGR persisten en esas mismas conductas y propósito”.

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