El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, Pablo Gómez Álvarez, aseguró que el verdadero motivo por el cual no se instaló la totalidad de las casillas en la consulta de revocación de mandato es porque el Instituto Nacional Electoral (INE) retuvo millones de pesos de sus fideicomisos.
A través de su cuenta de Twitter, el funcionario acusó a la autoridad electoral de no promocionar adecuadamente el ejercicio de participación ciudadana por oponerse a este, pese a que el texto constitucional establece que era obligatorio, hecho que la institución no aclaró durante la difusión.
De acuerdo con el dirigente del movimiento estudiantil de 1968, la instalación de tan solo una tercera parte de las casillas que disponía la legislación vigente –plasmada en la Constitución- se dio debido a que el INE no utilizó hasta mil 360 millones de pesos depositados en sus fideicomisos, los cuales calificó de ‘ilegales’.
La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La "autoridad electoral" nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos.
— Pablo Gómez (@PabloGomez1968) April 12, 2022
Cabe recordar que el Instituto había solicitado más de 5 mil millones de pesos adicionales para celebrar consultas populares, incluyendo 3 mil 800 millones destinados para el evento del pasado 10 de abril. Sin embargo, la Cámara de Diputados negó esta inyección extraordinaria de recursos.
Desde entonces, los consejeros electorales –encabezados por Lorenzo Córdova- han forzado en la opinión pública una narrativa en la que aseguran haber sido ‘víctimas’ de una reducción en su presupuesto anual, motivo bajo el cual justificaron la no instalación del número de casillas dispuestas en la Constitución.
Esto ya había sido aclarado por el propio Pablo Gómez en febrero pasado. También a través de sus redes sociales, recordó que el Poder Legislativo no autorizó las desmedidas exigencias del órgano electoral; tal como tampoco están aprobados por la ley los cuantiosos sueldos que reciben los miembros de su Consejo General.
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