La senadora Olga Sánchez Cordero explicó las razones por las cuales el Senado de la República no tiene las facultades para admitir al grupo legislativo ‘plural’ integrado por cinco legisladores de diversas fuerzas políticas, cerrándole la puerta al proyecto.
A través de su cuenta de Twitter, la exsecretaria de Gobernación le dio la bienvenida a la iniciativa integrada por Gustavo Madero, Germán Martínez, Alejandra León, Nancy de la Sierra y Emilio Álvarez Icaza; sin embargo, señaló que, jurídicamente, la Cámara Alta no puede reconocerlos como una nueva bancada.
Como presidenta del Senado soy la primera en dar la bienvenida a la alianza que se integró de cinco senadoras y senadores, a quienes respeto mucho, pero a quienes jurídicamente no podemos reconocer como grupo parlamentario.
Habrá que explorar otras opciones para su conformación.— Olga Sánchez Cordero (@M_OlgaSCordero) September 29, 2021
Sánchez Cordero aseguró que es partidaria de la existencia de grupos parlamentarios mixtos, como lo demostró en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuando le tocó formar parte del estudio de una acción de inconstitucionalidad contra las normas operativas del Congreso del Estado de Veracruz.
La exministra recordó que tanto los Congresos estatales como el propio Senado tienen la libertad de determinar la forma en la que se integran las bancadas; sin embargo, este último no ha legislado sobre la integración de grupos mixtos, por lo que las leyes vigentes son el reglamento interno y la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (LOCGEUM).
Libertad que también tiene el Senado, el cual no ha legislado para permitir los grupos parlamentarios mixtos.
— Olga Sánchez Cordero (@M_OlgaSCordero) September 29, 2021
El artículo 27 del reglamento del Senado establece que la conformación de los grupos parlamentarios para la legislatura en curso debe ser gestionada ante el secretario de Servicios Parlamentarios el 28 de agosto del año en el que se realiza la elección en la que resultaron electos los senadores; en este caso, debió haber sido ese día, pero en 2018.
Posteriormente, la Presidencia de la Mesa Directiva realizará la declaratoria de la constitución de las bancadas legislativas durante la primera sesión ordinaria del año en el que se realiza la elección. El artículo 27 también establece que después de esto ya no se pueden conformar grupos parlamentarios, por lo que jurídicamente es imposible acceder a la petición de los solicitantes.
La presidencia formulará la declaratoria de constitución de grupos parlamentarios en LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA posterior a la de su instalación en el AÑO DE LA ELECCIÓN.
— Olga Sánchez Cordero (@M_OlgaSCordero) September 29, 2021
Los senadores involucrados se ampararon en que la Constitución ampara la libertad de asociación con motivos políticos y afirmaron cumplir lo establecido en el artículo 72 de la LOCGEUM; sin embargo, este también determina que los grupos parlamentarios solo pueden ser conformados por congresistas de un solo partido.
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