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Senado aprueba Ley Olimpia; ciberacoso se castigará con 6 años de cárcel

Este jueves, el Pleno del Senado aprobó por unanimidad la llamada Ley Olimpia que tipifica y sanciona los delitos relacionados con el acoso digital, en particular en lo referido a la difusión de contenido íntimo y sexual (packs), con penas de hasta seis años en prisión.

La aprobación se dio entre aplausos de los presentes en el Senado y quedaron pendientes adiciones que presentaron al proyecto de dictamen los senadores del Partido Acción Nacional (PAN), Xóchitl Gálvez y Damián Zepeda.

La iniciativa reforma dos ordenamientos legales para erradicar la violencia digital contra mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo con la minuta, la violencia digital es:

“Toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización”.

La senadora del Partido del Trabajo (PT) Nancy de la Sierra dijo que este tipo de violencia patriarcal se ha ejercido sobre las mujeres para humillarlas públicamente y erradicar toda autonomía.

Por su parte, la legisladora Martha Lucía Mícher, quien preside las Comisiones Unidas Para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos, señaló que la iniciativa avalada por el Pleno ‘era una de las deudas que teníamos con las mujeres, niñas y adolescentes que han sido víctimas de estas modalidades de violencia’.

Las conductas descritas en la Ley Olimpia se sancionarán con una pena de entre tres o seis años de cárcel, dependiendo de la relación personal del criminal con la víctima, y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, hasta 86 mil 880 pesos a quien violente esta situación.

“El mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza o cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones”.

En lo que respecta a las redes sociales, estas estarán obligadas a destruir o eliminar las imágenes, audios o videos relacionados con la investigación y tendrán que avisar de forma inmediata al usuario que compartió el contenido que el mismo será inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.

El presidente de la Mesa Directiva, Eduardo Ramírez, indicó que se devuelve a la Cámara de Diputados: para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

https://twitter.com/RuidoEnLaRed/status/1324479605479149570

Portada: Twitter @RuidoEnLaRed

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