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SAT aclara que constancia de situación fiscal nunca fue obligatoria

Tras la polémica generada hace unas semanas, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) aclaró que la emisión de la Constancia de Situación Fiscal no es obligatoria para el timbrado de facturas o recibos de nómina, sino que solo se deben aportar los datos que aparecen en esta.

Esto fue señalado por la titular del organismo, Raquel Buenrostro Sánchez, durante la conferencia de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador. Desde Palacio Nacional, la funcionaria aclaró que el gobierno federal nunca estableció que la constancia fuese un requisito indispensable.

La confusión vino a raíz de los cambios introducidos a la miscelánea fiscal de este año, en los que se establece un nuevo tipo de facturación electrónica (4.0) que sustituirá al actual (3.3), en el cual solo se solicitaba la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), mientras que ahora también se requiere el nombre o razón social y el código postal.

Sin embargo, muchos de los contribuyentes no conocen alguno de estos datos o no los han actualizado, motivo por el que muchos gerentes de Recursos Humanos recomendaron sacar la constancia, pues en ella se encuentran todos los datos requeridos para la factura electrónica 4.0.

Durante su presentación, Buenrostro mencionó que el SAT actualmente mantiene un periodo de prórroga para quienes continúan utilizando la factura 3.3, el cual se extenderá hasta el 31 de diciembre. Empleados contactados por el equipo editorial de The Mexico News señalaron que esto se debe a que la propia entidad no ha actualizado su base de datos.

También explicaron que ya se han presentado casos de facturas que han sido rechazadas por el sistema, debido a que la información incluida en ellas difiere de la que aparece en el sistema, motivo por el cual los emisores de facturas comenzaron a requerir las constancias, pues de lo contrario ellos pueden hacerse acreedores a una multa.

Finalmente, la titular del sistema tributario hizo énfasis en que los empleadores no pueden condicionar el pago de los trabajadores a la entrega del documento, motivo por el cual urgió a estos últimos a acudir ante la Procuraduría Federal del Trabajo en caso de enfrentar este tipo de situaciones.

Con información del Sistema de Administración Tributaria y Noventa Grados.

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