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¡Tómala! SCJN tumba acuerdo del INE y repone proceso de revocación de mandato

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió a la Cámara de Diputados la controversia entablada contra el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que este último está obligado a reponer el proceso de la consulta de revocación de mandato que había postergado el pasado viernes.

La Comisión de Recesos del máximo tribunal del país determinó actuar de manera consecuente con la resolución adoptada en el recurso presentado por el propio órgano electoral, en el que se establecía que este está obligado a realizar los ajustes presupuestales necesarios para organizar dicho ejercicio conforme lo establece la ley.

Por ello se considera improcedente el polémico acuerdo que el Consejo General del INE aprobó el pasado 17 de diciembre, pues el artículo Cuarto Transitorio de la Ley General de Revocación de Mandato establece que debe realizar las acciones pertinentes para garantizar la realización de la consulta, incluyendo modificar su presupuesto para ello.

Debido a que ya existe un antecedente vigente que obliga al Instituto a cumplir con las obligaciones establecidas en la legislación actual, así como a que la propia Constitución prohíbe la suspensión o posposición de los derechos políticos, la Corte considera un contrasentido que dicha instancia busque decretar por su cuenta lo que no obtuvo por la vía judicial.

Por ello, las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat determinaron conceder a la Cámara de Diputados la suspensión inmediata del acuerdo emitido por el INE, por lo que se reestablecen todas las fases del proceso para la consulta de revocación de mandato que pudieron haber sido suspendidas.

Cabe recordar que la autoridad electoral había promovido una acción de inconstitucionalidad en contra del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF 2022) debido a que consideran que el recorte de 5 mil millones de pesos respecto al proyecto presentado imposibilita la realización de dicho evento en los términos que marca la ley.

Sin embargo, la SCJN determinó en primera instancia que el INE no puede evadir su responsabilidad de realizar ajustes presupuestales para garantizar los ejercicios de participación ciudadana. De igual manera, sus integrantes no pueden esquivar las responsabilidades administrativas y penales de no acatar la ley.

Pese a ello, el consejero Lorenzo Córdova presentó un punto de acuerdo en el que se determinaba suspender de manera temporal diversas fases de la consulta hasta que el propio tribunal resuelva de manera definitiva el recurso 209/201 y determine si la Federación debe aportar los fondos solicitados o se debe operar con lo que hay.

La propuesta causó división entre los miembros del Consejo General, pues la votación se saldó con seis votos a favor y cinco en contra. Entre quienes optaron por esta última opción, existe la sensación de que sus compañeros no tuvieron la voluntad de buscar alternativas para evitar incumplir con la determinación inicial de la Corte.

Con información de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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