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Suprema Corte de Justicia discute inconstitucionalidad de leyes anti aborto

Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión sobre las acciones de inconstitucionalidad presentadas en contra de las legislaciones aprobadas en los estados de Coahuila y Sinaloa, las cuales criminalizan el aborto en cualquier etapa del embarazo.

En el caso de Coahuila, en donde la terminación de la gestación es un delito tipificado desde hace más de dos décadas, la ponencia del ministro Luis María Aguilar argumenta que la maternidad no es un destino sino una elección; y que este derecho debe ser garantizado a las mujeres sin que estas sean penalizadas por ello.

En lo que respecta a Sinaloa, en donde el gobernador Quirino Ordaz reformó la Constitución en 2018 para ‘proteger la vida’ desde la concepción, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y su equipo consideran que los gobiernos no pueden escudarse en este tipo de argumentos para negar los derechos sexuales y reproductivos de las personas, por lo que poyan el proyecto de su colega.

Sin embargo, se mostró más conservador que algunos de sus colegas, pues afirmó que deben establecerse límites temporales para que un aborto voluntario entre en el terreno de lo legal, recordando que en otros países este es de entre doce y 24 semanas.

El ministro presidente, Arturo Zaldívar, declaró que los artículos 1 y 4 de la Constitución justifican el derecho al aborto y que no corresponde a los miembros del máximo tribunal determinar la validez moral de este acto, sino analizar si es procedente o no que las mujeres sean enviadas a prisión por ello.

La ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que ninguna mujer desea abortar por voluntad propia, sino que son sus circunstancias particulares las que las orillan a enfrentar dicha determinación; por ello, señaló que el problema no se soluciona criminalizando su práctica, pues esto llevará a nuevos riesgos sanitarios derivados de la clandestinidad.

Norma Lucía Piña Hernández fue aún más contundente y denunció que la penalización del aborto en realidad no busca la ‘protección a la vida’ sino criminalizar la libertad sexual de las mujeres, incluso si estas han sido víctimas de una agresión sexual, pues, en ese caso, solo se les otorga un periodo limitado de tiempo para interrumpir la gestación.

La juzgadora agregó que las creencias personales no son compartidas por todas las personas, por lo que no pueden ser adoptadas ni defendidas por el Estado –como en los tres casos que se discuten- sin que este viole su propio carácter laico y la los derechos humanos de las ciudadanas.

Hasta que el ministro Zaldivar decretó un receso para reanudar la discusión mañana, ocho integrantes de la Corte habían mostrado su apoyo al proyecto de Aguilar. A falta de escuchar a los tres ministros restantes, si este apoyo se mantiene durante la votación, la despenalización del aborto a nivel nacional se convertiría en una realidad.

Durante la sesión, también se discutió la constitucionalidad de la ‘objeción de conciencia’ que permitiría que el personal médico se niegue a realizar procedimientos –como el propio aborto- amparados en sus creencias personales.

En ese sentido, la ponencia del ministro Aguilar se manifestó en contra de que este principio sea considerado como un derecho ‘ilimitado’, por lo que los doctores, enfermeros o asistentes que pretendan valerse del mismo se verán impedidos a hacerlo si está en riesgo la vida del paciente o se trata de una urgencia inmediata.

Con información de La Jornada.

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