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SCJN regresa tierras a indígenas de Tepoztlan; empresa buscaba construir campo de golf en ellas

Tras casi 20 años de litigio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las tierras ejidales pertenecientes a una comunidad indígena de Tepoztlán, Morelos, deben ser restituidas a estos ante la amenaza de una empresa que quería apropiarse de ellas para construir un campo de golf.

La Segunda Sala de la SCJN determinó que, en base a los documentos de propiedad presentados tanto por la comunidad como por la empresa Pirámide y Convento S.A. de C.V., la tenencia original pertenece a los primeros con base en un decreto presidencial de 1929 que les obliga a utilizar esas tierras para su propio sustento.

La determinación que finalmente tomó la SCJN tomó por sorpresa a los ejidatarios y sus representantes legales; ya que en un primer momento, el juez Eduardo Medina Mora elaboró un proyecto que tenía como intención favorecer a la empresa, validando unas supuestas escrituras de propiedad elaboradas en la década de 1960.

Sin embargo, el Tribunal Agrario –la primera instancia que tomó el caso- ya había determinado que los documentos presentados por la empresa carecían de validez, ya que se elaboraron sin seguir la normativa vigente en esa época. La Segunda Sala ratificó esta determinación, y ordenó que los terrenos sean devueltos a la comunidad.

Este litigio comenzó en 1999 y pasó por todas las instancias antes de llegar a la SCJN, la cual dictó sentencia definitiva en este asunto. La Segunda Sala determinó que los beneficiarios por el reparto otorgado por el presidente Emilio Portes Gil era la comunidad, no el municipio que emitió los documentos con los que la empresa alegaba tener la propiedad.

Con información de Sin Embargo.

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