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Gobierno federal entregará apoyo por gastos funerarios a familiares de víctimas de COVID-19

Este lunes, el director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto, dio a conocer un apoyo universal que se entregará a todas aquellas familias que hayan perdido a un familiar a causa del COVID-19 y que, por lo mismo, hayan incurrido en gastos inesperados.

Durante la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, el funcionario dio a conocer los pormenores de esta medida. Este consiste en una aportación económica de 11 mil 460 pesos por el concepto de gastos funerarios que los parientes de los fallecidos tuvieron que enfrentar.

Este apoyo será universal y directo, debido a que todas las personas que perdieron a un familiar cercano tendrán derecho a este, sin importar si están afiliados al IMSS o no y porque no habrá intermediarios para su entrega. Lo único que hay que hacer es registrarse en la plataforma digital www.deudoscovid.gob.mx, la cual estará activa a partir del 2 de diciembre.

Este apoyo estará vigente para las familias que hayan perdido a un integrante a causa de este virus, desde el 18 de marzo hasta que se decrete el final de la contingencia sanitaria. Los deudos tendrán un plazo de un año desde el deceso de su pariente y solo se podrá entregar una de estas aportaciones por persona fallecida.

Robledo también mencionó que, debido a lo establecido en diversas legislaciones, la entrega de estos recursos será responsabilidad del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de las Familias (DIF). Sin embargo, el diseño de los lineamientos ha sido interinstitucional, contando con la participación de las secretarías de Salud, Defensa y Marína; así como de las dependencias del sector salud (ISSSTE, IMSS) y de Pemex.

Los beneficiarios serán los familiares –mayores de edad- más cercanos a la persona fallecida: padres, hijos o parejas; mientras que los requisitos para acceder a estos fondos serán presentar el acta de defunción que confirme el fallecimiento por COVID-19, un documento que acredite el parentesco y firmar una declaración bajo protesta de decir la verdad de que se utilizará para compensar los gastos funerarios.

El tiempo de espera para procesar la solicitud será de una semana. En caso de que no se presente una segunda solicitud por la misma persona, el pago procederá. Si, por el contrario, otro familiar también solicita este apoyo, se debe dirimir la controversia de acuerdo a los lineamientos de la convocatoria.

Una vez que uno accede a la plataforma, debe ingresar la Clave Única de Registro de Población (CURP) y los datos del finado, después los datos del beneficiario, luego se elige la forma de pago para recibir el depósito –transferencia bancaria u orden de cobro en ventanilla- , posteriormente se acepta la declaración bajo protesta y finalmente, el sistema genera el folio y el comprobante de la solicitud.

El director del IMSS también abordó varios escenarios posibles para gestionar los recursos. Si los solicitantes cuentan con internet y cuenta bancaria, todo se realizará de manera digital. Si no están afiliados a ningún banco se generará la orden de pago. Si no se cuenta con acceso a internet, se puede acudir a las oficinas de DIF, en donde se gestionará el trámite.

Finalmente, en caso de que no se cuente con los documentos para acreditar la pérdida, se debe acudir a las oficinas del DIF y hacer una solicitud para que el área de Trabajo Social de la dependencia haga una investigación y corrobore la situación de la familia.

Imagen: Códice Informativo

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